🚫 Sentencia T-043 de 2025: El grave error de la mora patronal en pensiones

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Muchos profesionales en Colombia encuentran vacíos profundos en su historia laboral debido a que sus empleadores no trasladaron de forma oportuna los aportes obligatorios a la seguridad social. De acuerdo con los lineamientos fijados en la Sentencia T-043 de 2025 emitida por la Corte Constitucional, la mora patronal es completamente inoponible al trabajador afectado. Esto significa que la carga administrativa y las acciones de cobro coactivo corresponden exclusivamente a la entidad pensional, y usted tiene el derecho legítimo a que esas semanas se cuenten como efectivamente laboradas para su pensión.

¿Qué es la inoponibilidad de la mora patronal?


En el derecho laboral colombiano, la inoponibilidad implica que los incumplimientos contractuales o moras financieras de una empresa no pueden ser utilizados por las administradoras de pensiones como una excusa válida para negar los derechos pensionales de un afiliado. Si usted cumplió con su jornada laboral y su empleador le retuvo los porcentajes correspondientes en su colilla de pago, usted cumplió con su parte de la obligación. La falta de traslado de esos recursos al fondo común es una falta exclusiva de la empresa contratante. La Sentencia T-043 de 2025 reitera que el trabajador no tiene el deber de vigilar el recaudo ni de asumir las consecuencias del descuido empresarial.

La obligación de cobro de las administradoras pensionales


Las entidades encargadas de administrar las pensiones públicas cuentan con herramientas legales, jurídicas y coactivas idóneas para exigir el pago de los aportes atrasados a las empresas deudoras. Cuando una administradora acepta las planillas de manera intermitente o permite que pasen meses y años sin iniciar un proceso ejecutivo de cobro, se configura el fenómeno jurídico del allanamiento a la mora. Al no ejercer sus facultades legales de recaudo, la entidad pública absorbe la responsabilidad del bache financiero. Por lo tanto, el fondo está obligado a indexar y cargar de manera inmediata las semanas faltantes en el reporte de tiempo de servicio del ciudadano, independientemente de si logra recuperar el dinero o no. [1]

¿Cómo identificar los baches de aportes en su historial?


Para los afiliados al sistema de prima media, los vacíos se evidencian como meses en blanco dentro del reporte detallado de cotizaciones, o bajo alertas que señalan deudas por parte de empleadores antiguos. Es muy común observar este problema en trabajadores que prestaron sus servicios en empresas que posteriormente entraron en procesos de liquidación, quiebra o que simplemente desaparecieron del mercado. La Sentencia T-043 de 2025 sirve como escudo jurídico para exigir que todos esos periodos en mora reportados por empresas activas o extintas se sumen al total de la densidad de semanas necesarias para acceder a la pensión de vejez.

¿Cómo es el trámite legal para recuperar sus semanas de servicio?


Para reclamar el reconocimiento de estos tiempos laborados y no pagados por su empleador, el afiliado debe seguir el conducto regular fijado por la legislación laboral. El proceso comienza mediante la radicación de un derecho de petición o reclamación administrativa ante la entidad de pensiones, solicitando la corrección detallada de la historia laboral y adjuntando pruebas de la relación laboral (como contratos de trabajo, certificaciones o desprendibles de pago). Si la administradora responde negativamente, el usuario debe interponer de forma obligatoria el recurso de reposición y, en subsidio, el de apelación para agotar por completo la vía gubernativa. Si la negativa persiste, se deberá acudir ante los jueces de la República mediante un apoderado judicial para iniciar un proceso ordinario laboral que ordene la inclusión forzosa de los tiempos de servicio bajo el amparo de la Sentencia T-043 de 2025.

¿Tiene baches en su historia laboral?

En Puerta Pensional me encargo de realizar la auditoría técnica exhaustiva de su reporte de semanas cotizadas, y estructuro toda la reclamación administrativa inicial para recuperar sus tiempos de servicio. Además, si la entidad pensional persiste en la negativa y es necesario acudir a los tribunales, en Puerta Pensional cuento con abogados aliados expertos en litigio laboral, quienes asumirán la representación de su proceso ordinario judicial. Así, garantizo un respaldo integral para que cada semana laborada cuente para su futuro financiero.

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